Trabajo sexual: nada sin las O.TR.AS
Publicado el 19/07/21 a las 6:04 am
Por Daniel Gerhard
«Debemos construir, desde un gran diálogo con las organizaciones e instituciones que trabajan en el tema, así como con las trabajadoras, un nuevo marco regulatorio del trabajo sexual.»
En nuestro país la regulación del trabajo sexual es obsoleta, y en gran parte no se cumple. Por eso es imprescindible un gran diálogo social para reformular el marco legal en que se desempeña el trabajo sexual, y generar el acompañamiento y la vigilancia social para su estricto cumplimiento.
Sin duda que hay un debate previo sobre si debiera ser lícito el trabajo sexual, o pagar por ese “servicio”. No es un debate fácil. Desde nuestra perspectiva socialista y libertaria, rechazamos la mercantilización de los cuerpos, como rechazamos la explotación de las personas por parte de unos pocos, de empresarios o del Estado. Entendemos que el cuerpo es una dimensión especialmente íntima y su mercantilización merece un tratamiento especial. Pero también reconocemos el devenir histórico de este trabajo, su arraigo y normalización en la sociedad, y su realidad hoy. Pero sin desconocer esto, también queremos decir que nuestro horizonte es que nadie (en su gran mayoría mujeres) debería tener que relaciones sexuales (varias veces por día) por dinero para poder vivir. Si desea hacerlo, que no sea por dinero.
De todas formas, estamos convencidos de que la tarea hoy es trabajar para un marco regulatorio que proteja a las que prestan dichos servicios, que garantice sus derechos, la disminución de horas de trabajo, y la capacitación para la búsqueda de otras salidas laborales.
El trabajo sexual es generalmente una opción laboral ante las dificultades económicas agudas, que muchas veces se combinan con otras vulneraciones e incluso violencias. Muchas veces, combinada con falta de libertad para tomar decisiones sobre su trabajo, horarios, tarifas, más amenazas o violencia física, lo que podría parecer el libre ejercicio del trabajo sexual no lo es, resultando ser más explotación o esclavitud sexual.
En nuestro país el proxenetismo, entendido como el lucro en base al trabajo sexual de otra persona, está prohibido desde 1927 por la Ley 8.080. La “prostitución”, término que utiliza esta ley, es lícita en beneficio propio. Claramente esto no se cumple en nuestro país, ni siquiera cuando estas situaciones pasan por los juzgados; allí sólo se sanciona cuando el lucro es excesivo, como se ve en algunas investigaciones académicas. Más allá de lo extendido de esta práctica, creemos que este tema no debe ser tamizado por la realidad con resignación, sino afrontado con fuerza desde la sociedad y las herramientas del Estado. Esta lucha se legisla y se milita.
En 2002 se creó una ley, la 17.515, que regula el trabajo sexual. Seguramente significó un avance para el momento, pero hoy es impostergable un nuevo marco con otra mirada, otros actores, otras garantías. Las trabajadoras sexuales no son peligrosas, no debe su carnet ser fiscalizado por la Policía, sino por funcionarios del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS). Los controles de salud deben velar por la trabajadora, no sólo por los consumidores del servicio. Su sistema de aportes jubilatorios requiere más flexibilidad; una mujer de 70 años no puede trabajar en una whiskería, no hay derecho ni perdón.
Por todo esto, y desde la responsabilidad que hoy tenemos, nos proponemos retomar, desde la Comisión de Legislación del Trabajo y la Seguridad Social, todo el acumulado que se ha logrado desde la Organización de Trabajadores Sexuales del Uruguay (O.TR.AS), sectores de la academia, organizaciones sociales. Debemos construir, desde un gran diálogo con las organizaciones e instituciones que trabajan en el tema, así como con las trabajadoras, un nuevo marco regulatorio del trabajo sexual. Sabemos que una nueva ley será un gran paso, pero nuestro compromiso lo trasciende, ya que las dificultades para su aplicación traerán nuevos desafíos.
Daniel Gerhard es diputado del Partido por la Victoria del Pueblo, Frente Amplio.