Declaración sobre impacto social y de ordenamiento territorial del nuevo trazado ferroviario de carga por la zona urbana de Montevideo y otras localidades
Publicado el 21/12/19 a las 6:21 am

Grupo de Ambiente – Partido por la Victoria del Pueblo – FRENTE AMPLIO
El nuevo trazado del tren de carga es la mayor inversión en infraestructura del proyecto entre la República Oriental del Uruguay y la empresa finlandesa UPM, pero no la única ya que el actual plan de salida de la producción por el puerto de Montevideo impactará la relación ciudad-puerto y la calidad de vida de los montevideanos/as y residentes de otras localidades a corto y largo plazo.
Según la información disponible a través del MTOP y MVOTMA, para transportar la producción de la planta hacia Montevideo y los materiales (ej. ácido sulfúrico, soda cáustica, fuel oil, etc.) hacia la planta se estima que circularán entre 14 y 16 veces al día trenes en ambas direcciones de un largo de 500 a 800 metros de largo a una velocidad promedio de 60-80km por hora (1). Estos trenes atravesarán el tejido urbano de alta densidad en la zona oeste de la ciudad de Montevideo y otros centros poblados de la zona rural. Esta nueva cantidad e intensidad de tráfico atravesará centros poblados impactando la calidad de vida de la población. Los directamente impactados son 35.750 personas que residen en el área en centros poblados de Montevideo hasta Paso de los Toros. El trazado propuesto para el tren de carga producirá fragmentación social dividiendo a las poblaciones.
La sociedad civil organizada está realizando acciones legales, movilizaciones y recursos para realizar referéndums locales con el fin de evitar el pasaje del tren de carga por zonas urbanas. Sus reclamos refieren a los efectos de las expropiaciones parciales por las que viviendas y centros escolares quedarán al lado de la vía, el incremento del tránsito y el corte de pasos que afectarán la circulación vehicular y la movilidad de los vecinos, las emisiones de gases atmosféricos y ruidos que afectarán la salud, así como los riesgos de incendios y derrames de sustancias tóxicas en zonas altamente pobladas.
El debate a nivel político ha sido mayormente sobre el impacto del proyecto de UPM2 en el puerto de Montevideo refiere a dos posibles salidas: la Bahía de Montevideo y Puntas de Sayago y tres posibles trazados ferroviarios: reconversión y modificación del trazado actual, desvío desde el norte de Progreso paralelo a la Ruta 5 y luego a la Ruta 1 hasta el puerto y generación de una nueva traza por suelo rural al oeste de la Ruta 5. De acuerdo a los instrumentos de ordenamiento territorial vigentes según la Ley de ordenamiento territorial y desarrollo sostenible se busca la mejor articulación entre ciudad y puerto coordinando acciones municipales, estatales y privadas. De acuerdo a la normativa vigente la propuesta del MTOP no cumple con la Ley de ordenamiento territorial (Ley 18.308) a nivel nacional ni departamental (Instituto de Teoría de la Arquitectura y Urbanismo, 2019) (2). El análisis de las alternativas realizado por el Instituto de Teoría de la Arquitectura y Urbanismo de la Facultad de Arquitectura, Diseño y Urbanismo de la UdelaR (2017) (3) establece que la traza que regenera las vías actuales atraviesa barrios históricos con reciente crecimiento y con sectores de ocupación informal. Estas zonas se verán afectadas por una barrera que dividirá la planta urbana ocasionando problemas de funcionamiento, de estructura de las viviendas además de afectaciones por contaminación. No existe documentación que compare los cálculos de costos de las diferentes opciones e incluya como variables los impactos a nivel social, cultural y de tránsito (4). Los cálculos de costo económico necesitan incluir también los gastos en que incurrirá el Estado para pagar por las mitigaciones, el sistema de fiscalización y los ajustes a nivel de transporte y servicios en la zona.
Según la evaluación de la FADU (2017), la segunda opción de un trazado alternativo que planteó la Intendencia de Montevideo en 2017 liberaría el impacto en la ciudad de Montevideo, pero no resolvería el hecho que los más afectados serían barrios del Oeste que son socialmente vulnerables. La tercera alternativa, realiza el trazado ferroviario con salida por el puerto de Puntas de Sayago lo cual permitiría el incremento de la capacidad y eficiencia logística del sistema portuario nacional y regional además de consolidar el polo de desarrollo previsto en las Directrices departamentales. Esta opción evitaría el costo de la construcción de nueva infraestructura proyectada para el acceso al puerto (viaducto). Este proyecto de viaducto generaría 1km de vía elevada por debajo de la cual se realizaría el tránsito al puerto. Este proyecto produce un impacto negativo en el entorno urbano la relación con el puerto y el paisaje visual. El trazado por el Puerto de Puntas de Sayago permitiría liberar la presión sobre el ingreso al puerto de Montevideo y aprovechar la inversión que ya se ha hecho en el Puerto de Sayago que está previsto en las Directrices Departamentales además de evitar las afectaciones a la zona urbana y potenciar otros emprendimientos en la zona de la ruta 5 como es el UAM (5).
En agosto de 2019, el Consejo de la Facultad de Arquitectura, Diseño y Urbanismo (FADU) manifestó su preocupación porque no se están cumpliendo todas las instancias previstas por la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible. El 24 de setiembre de 2019, la Institución Nacional de Derechos Humanos emitió una resolución (No766/2019) donde recomienda que se garanticen los derechos territoriales de las personas y que “se realicen estudios preliminares sobre aspectos ambientales y de ordenamiento territorial teniendo en cuenta sus posibles impactos sobre los derechos humanos en base a los principios de prevención y precaución”. De acuerdo a la Declaración de Río de 1992 adoptada en la Conferencia de la ONU sobre Medio Ambiente y Desarrollo, los estados tienen la obligación de garantizar el derecho a un ambiente sano, el derecho al acceso a la información ambiental, la participación social en los procesos de toma de decisiones relativas al ambiente y acceso a procesos judiciales y administrativos para prevenir daños ambientales.
Consideramos que de acuerdo a las normas y leyes vigentes las transformaciones territoriales generadas por la obra del nuevo trazado para el tren de carga deben ser decididas garantizando los derechos humanos y respondiendo a los planes de largo plazo que se han desarrollado a lo largo de los últimos años en los gobiernos departamentales del FA. Debe hacerse un abordaje integral que incorpore dimensiones sociales, productivas, físico-espaciales y ambientales incluyendo la participación ciudadana en el proceso de planificación como lo estipulan los acuerdos internacionales a los que adhiere el país, la ley de participación y las bases programáticas del FA.
Notas
(1) De acuerdo al contrato entre ROU-UPM, la compañía tendrá “acceso no restringido” las 24 horas del día los 365 días del año.
(2) Informe del Instituto de Teoría de la Arquitectura y Urbanismo (ITU) de la Facultad de Arquitectura, 2019 (exp. 031130-001414- 19). www.fadu.edu.uy/itu
(3) NUEVA EXPANSIÓN DEL COMPLEJO FORESTAL – SU EXPRESIÓN TERRITORIAL EN DIFERENTES ESCALAS Aportes del Instituto de Teoría de la Arquitectura y Urbanismo (ITU) Facultad de Arquitectura, Diseño y Urbanismo Universidad de la República (2017). www.fadu.edu.uy/itu
(4) Sentencia 2-36792/2019 del tribunal de lo contencioso administrativo establece que no existe documentación que registre una evaluación de los costos y beneficios de las diferentes propuestas.
(5) Las Directrices de Ordenamiento territorial para Montevideo plantean que en la zona de la Ruta 5 Costa Oeste “concurren acciones desde el sector público con potencialidad para transformar el territorio que deben ser incorporadas en los procesos de estructuración de la interfase urbano-rural. Son los casos de la UAM, el Puerto de Punta de Sayago, el nuevo emisor subacuático de Punta Yeguas, el conector vial-ferroviario Punta de Sayago-La Tablada. Asimismo, se consolidará el ‘ex Sector 3’ como enclave para usos logístico – industriales, considerado clave en la ordenación del sector. Se protegerán las áreas rurales agrícolas y naturales y se promoverá la ordenación, calificación y equipamiento de las áreas residenciales urbanas y suburbanas y la consolidación de las centralidades periféricas existentes.” (Art. D.214). Las acciones previstas por este plan incluyen el Puerto Punta de Sayago – Conexión vial-ferroviaria Punta de Sayago – La Tablada – Ordenamiento del entorno de Paso de la Arena y concreción de la UAM – Plan Pantanoso. Plan para el Área de Promoción Bahía de Montevideo son: 1) “Recuperar su rol de protagonismo urbano, potenciando su utilización ciudadana mediante el conjunto de operaciones previstas. 2) Potenciar la función residencial y densificar la ocupación y uso de sus edificaciones, atendiendo especialmente a las de mayor significación edilicia y patrimonial. 3) Mejorar la articulación y relaciones puerto-ciudad mejorando la accesibilidad y posibilitando la utilización ciudadana de sectores del ámbito portuario sin menoscabo de su funcionalidad y riesgos. 4) Impulsar la difusión de los efectos positivos que la recuperación de esta significativa parte de la ciudad tendrá sobre los tejidos urbanos adyacentes. 5) Impulsar la recuperación y reciclaje de los edificios de mayor valor simbólico y arquitectónico existentes en número importante en el sector urbano objeto de este proyecto estratégico.” (POT, 1998, p.169). Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible (Dto. 34.870 de XX de noviembre de 2013).
Montevideo, 20 de diciembre de 2019
