GRAVE OMISIÓN DEL ESTADO URUGUAYO EN EXTRADICIÓN DEL GENOCIDA JORGE TROCOLI
Publicado el 12/05/08 a las 2:44 am
Declaración del Comité Central del Partido por la Victoria del Pueblo – Frente Amplio
Ante la grave omisión del Estado uruguayo en procesar los tramites necesarios para concretar el Pedido de extradición del genocida Jorge Trocoli ante los Tribunales italianos, el Comité Central del Partido por la Victoria del Pueblo (P.V.P) expresa:
1
Que la citada omisión que permitió que el represor – en virtud de un tratado de extradición que data del año 1879 -, obtuviera la libertad y posiblemente no pueda volver a ser detenido por la misma causa, constituye un hecho de extrema gravedad sobre el que se deben determinar las responsabilidades concretas y actuar en consecuencia tanto en el nivel administrativo como político.
2.
Que las informaciones que obran en nuestro conocimiento, establecen con absoluta claridad que la representación diplomática de nuestro país en Italia, contó con los recaudos y el tiempo suficiente para que no se materializara la antedicha omisión.
3
El Estado uruguayo al frente de cuyo gobierno se encuentra una fuerza política que definió en su propuesta programática que adecuaría su legislación interna a los compromisos internacionales que garantizan los derechos humanos, también debería adecuar los términos de los tratados de extradición que pueden terminar por impedir la acción de la justicia en crímenes de lesa humanidad.
4
Que la intención manifestada por la Cancillería de contratar abogados penalistas en Italia, para explorar todas las alternativas que permitan corregir la vergonzosa situación instalada ante su propia omisión, es una buena señal que debería ser acompañada por una decisión del Poder Ejecutivo que lo transforme en denunciante y parte querellante ante los tribunales nacionales y extranjeros de todas las violaciones a los derechos humanos cometidas por el Estado dictatorial en el pasado.
5
No escapa a la fuerza política que suscribe esta declaración, que el planteo establecido en el punto anterior, implica por parte del gobierno una actitud que encuentra su mayor dificultad en la existencia en nuestro ordenamiento interno de una norma – como la ley de caducidad -, que su aplicación puede tener el mismo efecto que la omisión que da origen a esta declaración.
6
Por lo anteriormente expuesto, es que propugnamos por la nulidad de la ley de caducidad.
7
Esta grave negligencia por parte del embajador uruguayo en Roma, es una buena oportunidad para que sean definidas con la mayor claridad el manejo institucional del Estado con relación a la ineludible obligación de arbitrar todos los medios para que exista verdad y justicia sin restricciones de ningún tipo.
Comité Central del PVP
10 de mayo de 2008