TANGO FEROZ – POR QUE EL AMOR ES MAS FUERTE
Publicado el 01/06/11 a las 11:59 pm
Por Beatriz Jaurena.
Mensaje en la Junta Departamental de Maldonado, 31 de mayo de 2011.
Actualidad del debate y proyección de futuro
Decía el diputado Luis Puig:
“Pobre de aquella sociedad que entienda que pasó el tiempo de los DDHH .
Pobre del estado que entienda que no se debe debatir sobre la impunidad y la vigencia plena de estos Derechos.”-
No está en discusión hoy como laudar el pasado, nos planteamos cual es el mensaje democrático categórico, hacia el futuro, cuáles son los valores hacia las nuevas generaciones de uruguayos y uruguayas que entendemos debemos desarrollar. La política de impunidad, crea cultura de impunidad, se hace carne en la sociedad originando que todo sea lo mismo, matar , robar , secuestrar o torturar…
Ninguna sociedad sana puede basarse en la impunidad y la mentira.-
El rescate de la memoria tiene que ver con la construcción de la identidad y las referencias necesarias para construirnos como nación.-
En palabras de la senadora Constanza Moreira
“Si no hubiera sido por el permanente ejercicio de la memoria llevado a cabo por las víctimas del Holocausto, la inexistencia de los campos de concentración, hubiera podido ser sostenida y quizá, quién sabe, hubiéramos olvidado este genocidio. Fue la lucha de entonces, y la de ahora -jurídica, política y especialmente cultural, que llevaron a cabo generaciones y generaciones, para no olvidar. Esto es lo que hace hoy del nazismo una aventura irrepetible.”
Lo mismo vale para nuestros pueblos del cono sur americano, asediados por el terrorismo de estado .
Informe de lo actuado en el departamento
En el año 2006, presentamos a este cuerpo las denuncias por los asesinatos y desaparición de Gelóz Bonilla (ex edil de esta Junta Dep), de Francisco Chocho vecino y militante del PN y del compa. Eduardo Mondello, todos en el Batallón N· 4 . Estos planteos fueron acompañados como también su pase a la justicia por la JD ‘.-
1- Presentamos ese año la denuncia por el compa. Gelóz Bonilla pidiendo preservación del predio donde según testigos podrían estar enterrados sus restos, a esta se sumó la denuncia del hermano de Gelóz contra los mandos de la época siendo su patrocinante la Dra. Ma. del Carmen Salazar.-
Pasaron a juzgado de séptimo turno en Montevideo, quedaron encadenados al expediente de Bordaberry siendo procesado el dictador también por este caso .-
A pedido de la abogada (Dra. Ma. del Carmen Salazar)se desglosa y comienza la investigación del caso particular quedando a cargo la Jueza Mariana Motta y la Fiscal Ana María Telechea .
El viernes pasado culminó la primera etapa, el expediente pasará a vista fiscal y esperamos el llamado a declarar de los involucrados como indagados .La ley de impunidad ha dificultado la investigación.-
2-La denuncia de Chocho es presentada con posteridad en Maldonado siendo Juez el Dr. Alvarez Petraglia, llamándose entonces varios testigos-as a declarar.-
3-El caso de Mondello así como el de la vecina de San Carlos Amelia Lavagna de Tize es presentado por La Fundación Mario Benedetti que entregó a la jueza penal Mariana Motta la investigación por la muerte de 19 militantes de izquierda entre 1972 y 1976, durante la presidencia de Juan María Bordaberry .
– La Fundación Benedetti contrató al periodista Roger Rodríguez como coordinador de un equipo que integran una veintena de estudiantes universitarios de distintas disciplinas. Los casos que llegaron a la jueza Motta integran la llamada “Mega-causa” y podría llevar a estrados judiciales militares retirados y en actividad en carácter de testigos e indagados.
– Estas investigaciones se llevarán a cabo por fuera de la Ley de Caducidad e incluso por fuera de las anulaciones de los actos administrativos que inauguró el presidente Mujica la semana anterior al abrir la investigación por el asesinato del militante comunista Álvaro Balbi.
Es increíble Sres. ediles-as como a partir de un caso aparecen elementos sobre los demás . Las mismas personas…otros asesinados … los mismos responsables …. los mandos .
Se va a hacer justicia :
La ley de impunidad es inconstitucional .y viola tratados internacionales.-
Desde el 10 de diciembre de 1948, cuando la Organización de Naciones Unidas proclamó la Declaración Universal de los Derechos del Hombre, el Estado uruguayo, uno de los 48 países firmantes, se comprometió a cumplir el artículo 5º que estableció que “nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes”. Desde entonces la tortura implicó una violación al derecho internacional. “Nada en esta Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados”, subrayaba en su artículo 30º aquel compromiso de La Haya.
Semejante crimen de lesa humanidad también fue prohibido –aún en situación de guerra interna- en el Convenio de Ginebra aprobado el 12 de agosto de 1949 y ratificado en Uruguay (Ley 13.683) el 17 de setiembre de 1968 (con la firma del presidente Jorge Pacheco Areco y de los ministros del exterior Venancio Flores y de Defensa, general Antonio Francese).
El 27 de diciembre de 1985, bajo la presidencia de Julio María Sanguinetti, Uruguay también ratificó la “Convención contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes” (Ley 15.798) que tipificaba: “se entenderá por el término “tortura” todo acto por el cual se inflija intencionadamente a una persona dolores o sufrimientos graves, ya sean físicos o mentales, con el fin de obtener de ella o de un tercero información o una confesión, de castigarla por un acto que haya cometido, o se sospeche que ha cometido, o de intimidar o coaccionar a esa persona o a otras, o por cualquier razón basada en cualquier tipo de discriminación, cuando dichos dolores o sufrimientos sean infligidos por un funcionario público u otra persona en el ejercicio de funciones públicas, a instigación suya, o con su consentimiento o aquiescencia”.
Bajo la presidencia de Luis Alberto Lacalle, el 11 de agosto de 1992, Uruguay ratificó la “Convención Interamericana para prevenir y sancionar la tortura” (Ley 16.294) que rezaba: “se entenderá por tortura todo acto realizado intencionalmente por el cual se inflijan a una persona penas o sufrimientos físicos o mentales, con fines de investigación criminal, como medio intimidatorio, como castigo personal, como medida preventiva, como pena o con cualquier otro fin. Se entenderá también como tortura la aplicación sobre una persona de métodos tendientes a anular la personalidad de la víctima o a disminuir su capacidad física o mental, aunque no causen dolor físico o angustia psíquica”.
El 13 de junio de 2001, con la firma del presidente Jorge Batlle, Uruguay ratificó (Ley 17.347) la Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de los Crímenes de Lesa Humanidad, aprobada por Naciones Unidas en 1968, donde se impone que los crímenes de guerra y los crímenes de lesa humanidad “son imprescriptibles, cualquiera que sea la fecha en que se hayan cometido”
Durante el gobierno de Tabaré Vázquez, el 25 de setiembre de 2006, se aprobó la Ley 18.026 que incorporó a la normativa uruguaya lo establecido por la “Corte Penal Internacional en materia de lucha contra el genocidio, los crímenes de guerra y de lesa humanidad”, y se tipificó que los crímenes de lesa humanidad son imprescriptibles (Art. 7º) y que “no podrán declarase extinguidos por indulto, amnistía, gracia, ni por ningún otro instituto de clemencia, soberana o similar, que en los hechos impida el juzgamiento de los sospechosos o el efectivo cumplimiento de la pena por los condenados” (Art. 8º).
La Corte Interamericana de Derechos Humanos estableció que “la Ley de Caducidad carece de efectos por su incompatibilidad con la Convención Americana y la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas, en cuanto puede impedir la investigación y eventual sanción de los responsables de graves violaciones de derechos humanos…” (Caso Gelman vs. Uruguay; sentencia del 24 de febrero de 2011).
Navi Pillay, alta comisionada de Naciones Unidas para los Derechos Humanos, lamentó este lunes la negativa de la Cámara de Diputados de Uruguay a derogar la Ley de Caducidad.
“Se sigue haciendo cuesta arriba abordar el legado de muchos años de abusos sistemáticos por parte del Estado, como muestra el reciente rechazo por parte de la cámara baja del Parlamento de Uruguay a derogar finalmente la Ley de Caducidad de 1986, que blinda a los autores de crímenes internacionales cometidos durante la dictadura militar ante un procesamiento”, señaló Pillay a la agencia EFE.
La responsable de la ONU hizo estas declaraciones ante el Consejo de Derechos Humanos de la ONU, que inauguró hoy una nueva sesión.
La propia Suprema Corte de Justicia de Uruguay decretó su inconstitucionalidad en el caso Sabalsagaray del 19 de octubre de 2009.
La jueza Motta y la Fiscal Ana Ma Tlechea
Las Magistradas atienden tres de los casos relacionados con nuestro departamento
Decía Roger Rodríguez en la revista Caras y Caretas ;
…“El protagonismo adquirido por la jueza Mota (de bajo perfil mediático y a quien no le gusta salir ni en fotografías) y la fiscal Telechea (que seguía los pasos de la fiscal Mirtha Guianze), no tardó en ser atacado por los sectores y estructuras que defienden a los militares encausados por violaciones a los derechos humanos. Adelantando una estrategia que a principios de este año se hizo expresa con la creación del denominado Foro Libertad y Concordia, desde un par de importantes estudios de abogados se comenzó a diseñar una ofensiva que viene disparando sobre la representante del ministerio público y contra la propia jueza en el debate jurídico y a través de una serie de “chicanas” y recursos administrativos que han logrado enlentecer los procesos para llegar a noviembre próximo, fecha prevista para la prescripción de los delitos y agrega…Entre las maniobras impulsadas por los defensores se encuentra la de impedir que los testigos sean acompañados por un abogado (como establece la ley 18.026), mientras que los acusados se presentan con un ejército de profesionales que llegan a destratar a las víctimas e interponen sucesivos recursos para dilatar el proceso (aunque saben que serán desestimados), como ha ocurrido en la causa Gelós Bonilla. También ha existido una directa intimidación sobre personal subalterno que podía proporcionar información, a quienes abogados impuestos por los clubes militares les advirtieron que habían llegado como testigos pero podían terminar siendo imputados si hablaban. En la causa Sabalsagaray, la citación a los testigos militares se hizo desde el propio Ministerio de Defensa, con un papel grapado donde aparecía el teléfono de un coronel del despacho del Comandante del Ejército, con quien debían comunicarse antes de ir a declarar..-
Estas dos mujeres nos han demostrado seriedad y responsabilidad en el proceso del caso Gelóz Bonilla , caso que ha generado nerviosismo en algunos círculos a los que pertenecen oscuros personajes de la época, muchos de ellos radicados hoy en nuestro departamento .
Se puede
Para terminar Sra. presidenta , queremos decirle a los-as que creen en la justicia a los-as que trabajan por un Uruguay mejor, a los que practican los valores de la solidaridad , la honradez , el don de gentes que esas cosas valen, esos son los valores que queremos transmitir .
Esta lucha es larga, tiene avances y retrocesos, tiene logros y derrotas pero estamos convencidos -as que podemos construir otra sociedad sin impunidad, en una cultura de vida, porque el amor es más fuerte.