Alerta sobre el Tratado de Protección de Inversiones con Estados Unidos
El Parlamento deberá considerar
-cuando se envíe el mensaje correspondiente- el Tratado de Inversiones con
Estados Unidos. Aunque el mismo ha tenido algunas modificaciones, entendemos que
debe ser motivo de análisis y decisión por la soberanía del Frente Amplio. En
primer lugar porque hay dos resoluciones del Congreso Héctor Rodríguez.: una que
rechaza "el ALCA y los eventuales acuerdos bilaterales de comercio con Estados
Unidos"... y otra sobre el Tratado de Inversiones.
Entendemos que resulta
esencial, para el respeto de la soberanía del Frente y de su orientación
nacional y antiimperialista la convocatoria, a la brevedad, de un Congreso, con
tema único, para un pronunciamiento que asegure los compromisos y la unidad del
Frente.
Los firmantes acompañamos el alerta sobre el
Tratado de Protección de Inversiones con Estados Unidos. En la natural defensa
de la soberanía consideramos necesario contar con normas claras para la relación
con los inversores, para cuya aceptación debemos tener presente la experiencia.
Esta indica, por ejemplo, que
por la década de los 90 se descubrió que
la
Organización para la Cooperación y el desarrollo Económico (OCDE) estaba
preparando, en secreto, normas para un Acuerdo Multilateral de Inversiones.
Entre otros objetivos, con este acuerdo pretendía:
-que
los países no establecieran diferencia alguna entre los inversores nacionales y
los extranjeros
-contar
con normas para que los inversores fueran indemnizados ante lo que pudieran
considerar algún perjuicio ocasionado por una huelga, protesta, perturbación
ambiental, etc.;
que en caso de controversia el inversor contara
con el derecho a que la misma se dilucidara ante un tribunal internacional,
obviamente favorable al inversor.
Ese intento de
la
OCDE, denunciado a tiempo, fue rechazado.
A nadie se le ocurrió argumentar,
entonces, que quienes denunciaban ese Acuerdo Multilateral de Inversiones,
fueran contrarios a toda inversión. Importa recordarlo, porque no se trata de
sostener que el país no las necesita, sino que tiene, ya, una ley que permite
afirmar que nadie va a dejar de invertir por falta de una normativa clara,
transparente, conocida.
En discrepancia con el texto inicial
del Tratado de Protección de Inversiones con Estados Unidos, el Poder Ejecutivo
gestionó algunas modificaciones. Pero el nuevo texto no supera las objeciones
fundamentales, y mantiene diversas disposiciones negativas.
Por otra parte, es conveniente acordar que este
tipo de acuerdos no se firman en general, entre países desarrollados, donde el
flujo de inversiones es el más significativo; no los admite la República Popular
China, la receptora de mayores inversiones a nivel mundial; tampoco Brasil, cuyo
Senado no ha aprobado ninguno de los 32 Tratados de Promoción y Protección de
Inversiones firmados inicialmente, por inconstitucionales, en tanto discrimina
en contra al inversor nacional, privilegiando el extranjero que tiene
posibilidad de acudir a la jurisdicción arbitral internacional; el congreso de
EEUU garantiza a sus inversores nacionales, que los de otros países no sean
beneficiados con mayores derechos que los otorgados a ellos. En cambio; la
Argentina del Dr. Menem ha suscrito muchos de estos tratados y hoy enfrenta
reclamos de multinacionales ante el CIADI por valor de 17.000 millones de
dólares.
El artículo 17
establecía, en síntesis, que Estados Unidos podrá negar los beneficios del
Tratado a una empresa uruguaya asociada a la de otro país con el cual Estados
Unidos no mantenga relaciones. El nuevo texto aparentemente mantiene esa
posibilidad. Sólo agrega que Uruguay también podrá negar los beneficios del
Tratado a una firma estadounidense asociada a capital de un país con el cual
Uruguay no tenga relaciones. Esto no puede considerarse una mejora del texto;
hasta resulta ridículo, porque Uruguay no tiene enemigos. En este punto no hay,
pues, avance alguno. Más: se mantiene, de hecho, la violación de la resolución
59/11 de
la Asamblea General de Naciones Unidas, firmada
por Uruguay, que obliga a no acompañar medidas de apoyo al bloque de la
República de Cuba. Significa para Uruguay reconocer la Ley Helms - Burton de
bloqueo a Cuba. En los hechos Estados Unidos podría negar beneficios, por
ejemplo, a firmas formadas por capitales venezolanos y uruguayos, cubanos y
uruguayos, o iraníes y uruguayos.
La modificación al artículo 3 del Tratado fijó
algún límite positivo porque, tal como estaba redactado, el texto atentaba
contra posibilidades de avances en el MERCOSUR. Establecía, en síntesis, en
beneficio de los inversores, el trato de la nación más favorecida. Eso significa
que si Uruguay, en acuerdo con cualquier otro país, establece un beneficio para
una empresa del mismo, dicho beneficio debe extenderse, automáticamente, a las
inversiones estadounidenses. En el nuevo texto quedan exceptuados los beneficios
que se determinen entre países del MERCOSUR. Pero quedan, sí, comprendidos, los
que se concreten con cualquier otro país, lo que significa en los hechos coartar
a Uruguay de acordar alguna ventaja comercial con otro Estado, ya que
implicaría tener que trasladárselas a los inversores de EEUU. Las asimetrías de
ambas economías no son tenidas en cuenta (aspecto que hasta es contemplado en
los borradores del ALCA) poniendo directamente a competir a las empresas de
capitales norteamericanos con las de nuestras economías mucho más débiles. Es
sabido que las negociaciones están reguladas por el
principio de relación de
fuerzas, por lo que sin ningún tipo de protección a los más
débiles y entregado a la "libre competencia" y con reglas (instrumentadas en
estos tratados) a favor de los más poderosos, Uruguay es condenado a una mayor
desventaja que imposibilita su crecimiento y desarrollo
real .
El artículo que modifica la solución
de las controversias tampoco es un avance. En caso de diferencias, el inversor,
para el cual se establecía el derecho de recurrir a un tribunal extranjero,
apelando ante el secretario General del Centro Internacional de Arreglo de
Diferencias relativas a Inversiones (CIADI), ahora podrá apelar ante el
Presidente del Banco Mundial (el estadounidense Paul Wolfowitz). Lo que debemos
precisar es que este arbitraje, integra el Grupo del Banco Mundial, financiando
y nombrando a sus funcionarios. El secretario del CIADI es un funcionario del
propio Banco Mundial (Roberto Dañino, ex embajador de Fujimori en Washington,
Presidente de
la Coca Cola en Sudamérica). Los árbitros, no son
jueces de ningún Poder Judicial, son profesionales muy bien pagos, y sus laudos
son obligatorios y no son apelables. Un procedimiento privado y secreto del
Banco Mundial, al servicio de trasnacionales, para juzgar a los Estados, donde
una de las partes, es también juez, no ofrece ninguna garantía, ni sería válido
jurídicamente reconocer sus laudos.
Debemos tener
presente, además, que Uruguay forma parte del MERCOSUR. En ese ámbito es
necesario actuar hacia una integración en beneficio de los pueblos y no
simplemente por un ámbito mayor para las empresas transnacionales. Lo importante
es avanzar hacia un proceso integrador que una al MERCOSUR con
la Comunidad
Andina, en el camino hacia la integración de todos los países hermanos de
América Latina y el Caribe, es decir, seguir la línea trazada por el heroico
proceso de la Primera Independencia.
Artigas, Miranda, Bolivar, Martí, entre las más grandes personalidades de
nuestra América, marcan el rumbo.
Frente a ese camino,
se plantea el que sigue Estados Unidos. Fracasadas sus negociaciones por el ALCA
como acuerdo multilateral en su objetivo por una zona de libre comercio desde el
Norte hasta Tierra del Fuego, los gobernantes de Estados Unidos han adoptado la
estrategia de firmar Tratados de Protección de sus inversiones con cada uno de
los países por separado. Sumados, esos Tratados conducen a una resultante: el
objetivo intentado por el ALCA. Si todos los países latinoamericanos firmaran
acuerdos similares - reiteramos - el ALCA se concretaría por una vía menos
directa y quedaría trabado el auténtico camino de integración que anhelan
nuestros pueblos. Resulta interesante el Borrador de acuerdo ALCA 2003,
capitulo XVII INVERSIÓN: artículo 15.2 "En la aplicación del principio de la
nación más favorecida se tendrá en cuenta el punto f. de los Principios
Generales del Anexo I de
la Declaración Ministerial de San José: El ALCA
puede coexistir con acuerdos bilaterales y subregionales, en la medida que los
derechos y obligaciones bajo tales acuerdos no estén cubiertos o excedan los
derechos y obligaciones del ALCA".
En los hechos, a través de la firma de este
Tratado, Uruguay queda vinculado a los EEUU con todos y aún peor obligaciones y
mayores privilegios otorgados, que los incluidos en el ALCA
Nos hemos referido a algunos de los 37 artículos
del Tratado que resultan particularmente inaceptables. Pero hay, además, otras
disposiciones que atentan contra la soberanía nacional. Por ejemplo:
-Uruguay
debe apostar al desarrollo de su industria. No puede comprometerse, en
consecuencia, a que todo beneficio especial que establezca para su desarrollo en
los casos que crea conveniente deba extenderlo, necesariamente, a los inversores
estadounidenses (artículos: 3 -trato nacional -, 4 - nación más favorecida). Eso
sería una barrera en el camino hacia el país productivo.
-Por
el Tratado se renunciaría, además, a la posibilidad de plantear a los
inversores el compromiso de aceptar un determinado nivel de mano de obra local,
o de consumo de materia prima nacional (artículo 8 del Tratado: "requisitos de
desempeño").
-La
obligación de indemnizar al inversor por el perjuicio que pudiera ocasionarle un
conflicto interno en el país, huelga, perturbación ambiental (cláusula de
expropiación -art.6- y de seguridad plena de las inversiones -art.5-).
-El aspecto militar, Estados Unidos podrá tomar
todas las medidas pertinentes cuando este en riesgo la inversión, la seguridad
de los inversores y la paz y seguridad internacional (art. 18 seguridad
esencial). ¿Qué pasaría si los Estados Unidos ven terroristas en suelo
Uruguayo, avanzando desde la Triple Frontera? ¿o considerara que se construyan
armas químicas en Uruguay?
En la medida que Estados Unidos logre suscribir
más tratados de este tipo, siguiendo su objetivo, las ventajas comerciales
prometidas (obtenidas) por los países que ya lo han firmado, irán diluyéndose en
el tiempo, ya que tendrán que competir, con los otros países a los que se les
otorgara beneficios arancelarios similares.
Los Tratados bilaterales consolidan las políticas
de apertura y desregulación del Estado, que profundizadas desde los años 90, en
"nombre del equilibrio macroeconómico y la relativa modernización del aparato
productivo para ciertos sectores privilegiados",
generaron concentración del poder económico en
unos pocos, mayor desigualdad en la distribución del ingreso (América Latina,
alcanza los mayores niveles mundiales), mayor exclusión social, limitaron las
opciones políticas económicas de los Estados, y en muchos casos dieron lugar a
debilitamiento de la democracia en la región (renuncias de varios
presidentes, elecciones anticipadas, corrupción).
Exhortamos, en consecuencia, a analizar los
riesgos que planteamos y a extender a todos los ámbitos, con los argumentos de
la razón, la necesidad de que el Parlamento no acepte este Tratado. La gran
causa de Uruguay, de América Latina y el Caribe exige otros acuerdos.
Firman: Guillermo Chifflet, Eduardo Galeano, Daniel Vidart,
Víctor Licandro, José ’Pepe’ D’Elia, Hugo Villar, Julio Louis, Hugo Cores,
Fernando Butazzoni, Samuel Blixen, Eduardo Camin, Helios Sarthou, Hugo
Castillos, Jorge Godoy, Ramiro Chimuris, Eduardo Rubio, Jorge Crocce, Raúl
Campanella, Milton Rodríguez, Nelson Salle, Amanda Tizze, Felix Vitale, Ignacio
Cirio, Carlos Wlasiuk, Carlos Coitiño, Lucas Pittaluga, Gerardo Padilla, Alex
Rodríguez, Hugo De Mello, Mario Delgado Aparaín, Ana Maria Vignoli, Myriam
Rodríguez, Luis Pereyra, Ana Castro, Ana Maria Saa, Miguel Farias, Raúl Olivera,
Héctor Cardozo, Renée Clerc, Wilmar Fernández, Mónica Riet, Ana Pañella, José
Rocca, Marta Toja, Maria Inés Capucho, Lydia Garrido, Mariana Contreras, Pedro
Balbi, Gustavo Lancividad.
PVP - Partido por la Victoria
del Pueblo - Frente Amplio - Uruguay