sábado 22 de marzo, 2025

Nuestro compañero Luis Puig fundamenta nuestro voto en contra de la reforma del CPP en Diputados

Publicado el 03/08/18 a las 1:22 am

Versión completa de la intervención del Diputado Luis Puig en la Cámara de Diputados /

En primer lugar queremos destacar que la aprobación del nuevo Código del Proceso Penal (CPP), el sistema acusatorio, significó un notable avance en nuestro país.

Notable avance que cumplió con otra premisa básica, que fue abrir un proceso de discusión donde participaron los actores más relevantes de todo el sistema en conjunto con el Poder Ejecutivo. La comisión –que se integró en 2005– para la reforma del procedimiento penal, y para adecuarlo a las normativas con relación a los derechos humanos, así como con los estándares de justicia consistentes con un régimen democrático, tuvo una participación de aportes de discusión enriquecedores. Una comisión que fue presidida por un delegado del Poder Ejecutivo, donde participó el Ministerio Público, la Suprema Corte de Justicia, la Defensoría de Oficio, la Cátedra de Derecho Procesal, el Colegio de Abogados y las asociaciones gremiales que nuclean a jueces y fiscales.

En realidad este pasaje de un sistema inquisitivo a uno acusatorio implica cambios sustanciales, implica también un cambio cultural fundamental, cuando todo el sistema inquisitivo generaba procesos de falta de transparencia, y procesos de falta de garantías. No nos olvidemos que observaciones internacionales muy importantes planteaban que la existencia de entre el 60 o 70% de las personas privadas de libertad en nuestro país estaban sin condena y que constituía un elemento violatorio de los derechos humanos.

¿Podíamos pensar que ese cambio cultural profundo podía hacerse automáticamente, sin fricciones, sin que operaran las inercias de los diferentes actores, sin que hubieran dificultades, como dificultades de coordinación? Y dificultades de cada uno quedarse haciendo lo que venía haciendo, negándose a aplicar –por inercia natural– esos cambios.

Todo ese proceso, esa discusión –que llevó más de una década–, convocó a actores de primer nivel para que participaran, y dio un producto sumamente importante en cambio de calidad democrática para nuestro país. Ese proceso que se realizó en forma participativa, con actores que tienen diferentes visiones sobre el tema, que aportaron y que lograron un resultado, resulta que pasados seis meses de la entrada en vigencia del nuevo Código del Proceso Penal aparece una contrarreforma.

Creemos que es una contrarreforma porque implica un menoscabo, un deterioro en algunos aspectos fundamentales en los cuales se estableció la reforma. Decía un operador judicial que al Código Penal se le imputa un delito que no cometió. Cuando se responsabiliza el crecimiento de la inseguridad a la aplicación del nuevo Código del Proceso Penal, creo que no se corresponde con la realidad. No se esperó el tiempo prudencial para analizar. En la discusión parlamentaria se planteaba un año para poder hacer las mejoras, necesarias en toda norma que se sanciona y mucho más un Código. Se planteaba esperar los tiempos prudenciales para poder generar los cambios que se hicieran necesarios. Pero no una contrarreforma apresurada que apunta contra los elementos más sensibles que habíamos logrado.

El tema de volver a proponer –más allá de algunos cambios que hubo en el Senado– que la prisión preventiva sea prácticamente preceptiva con lo que se plantea, es del sistema inquisitivo. Hay aspectos que nos parece que no debieran haber avanzado de esta manera. En todo caso y, sin pretender procesos idílicos, yo creo que es fundamental la participación de los diferentes actores para analizar cuáles son las modificaciones que se realizarán. Las que se plantearon no las compartimos.

Cuando se señalan cuáles son los aspectos que habría que cambiar, nosotros creemos que los cambios que se introducen en este proyecto de reforma no son menores, atacan a la esencia misma de la reforma. Lo que decíamos de la prisión preventiva preceptiva –con alguna modificación–, pero que el texto conduce a ello.

Nosotros reconocemos la enorme complejidad que tiene en nuestro país el tema de la seguridad. Ahora, asociar –como se planteó en algún momento– que la aplicación del Código del Proceso Penal había implicado la baja en la cantidad de presos en el país y que eso daba como resultado el aumento de los delitos, nosotros tenemos una visión distinta. Nuestro país a lo largo de las últimas décadas ha desarrollado y aumentado en forma exponencial la cantidad de personas privadas de libertad. En 1999 superaban los 4000, en 2017 más de 11000 personas privadas de libertad. Este aumento exponencial en la cantidad de presos no ha redundado en mayor seguridad.

La propuesta de dejar como medida prácticamente mágica el de la prisión para resolver los problemas de seguridad, no solo es equivocada sino que es contraproducente.

Nosotros no mencionamos la relación entre pobreza y delito. No, porque hay muchos delitos que nos los cometen los pobres. Lo que nosotros establecemos es una clara relación entre pobreza y cárcel. La inmensa mayoría de los 11000 presos que tiene nuestro país son jóvenes pobres. Y el desarrollo y la concreción de esta contrarreforma que hoy se plantea va a aumentar la cantidad de presos de ese mismo sector de la sociedad, porque la aplicación de la prisión preventiva va prácticamente preceptiva.

El tema de las libertades anticipadas, las dificultades que se originan van en camino de agravar esta situación.

Tenemos muy claros los esfuerzos que se hacen desde el Ministerio del Interior para mejorar las condiciones carcelarias con planes de estudio, planes de trabajo, la clasificación de presos, y más, que se hace y se practica. Ahora, para la mayoría de los presos las condiciones de reclusión no son condiciones que posibiliten la rehabilitación.

Hemos leído con mucha atención las observaciones que ha realizado el Comisionado Parlamentario en relación a esto. Nosotros creemos que el objetivo no debe ser aumentar la cantidad de presos si no la baja de los delitos. Y creemos que esa premisa no se ve reflejada en este proyecto de reforma al Código del Proceso Penal. Y nos preocupa la situación que puede provocar el agravamiento en el número y las condiciones de hacinamiento en el sistema carcelario. Porque esos elementos agravan la situación de reincidencia.

Se ha dicho aquí que quien no está de acuerdo con la contrarreforma del CPP es la academia, es cierto la academia lo ha planteado. Pero a no olvidarnos que operadores judiciales estuvieron en la Comisión en el Senado y, por ejemplo, el presidente de la Asociación de Magistrados, Alberto Reyes, planteó –y está en actas– “la cárcel es un factor que incrementa la reincidencia, y hasta que no ataquemos, visualicemos, diagnostiquemos las causas de reincidencia, y no focalicemos en ello, seguiremos a los tumbos con reformas y contrarreformas. No le ha pasado solamente a Uruguay, sino al resto de América Latina. Pero con el triste récord que Uruguay sería el país que la ha hecho de la forma más rápida esta contrarreforma. En términos de garantías y de sistema adversarial, a este tipo de reformas se las llama contrarreforma, con una connotación peyorativa porque significa un retroceso en materia acusatoria. En definitiva nos vemos en la obligación y deber de señalarlo, porque más allá que desde el punto de vista práctico con esto no pase nada, no estamos de acuerdo con la mirada que el nuevo Código infló los delitos, que se dispararon por el nuevo Código. Porque es una lectura que no merece el menor análisis”.

Hay elementos que también nos acercaban los Defensores de Oficio. La señora Berezán (Adriana Berezán, presidenta de Asociación de Defensores de Oficio) planteaba “la primera apreciación es que realmente nos cuesta entender las razones por las cuales el Uruguay, que llegó muy tarde a la reforma, en 6 meses propone un texto de esta magnitud, pegándole un tiro al corazón de la reforma”. La Institución Nacional de Derechos Humanos considera que la reforma planteada afecta a dos áreas cruciales para el cumplimiento de Uruguay en materia de Derechos Humanos: en primer lugar, impacta sobre el sistema de garantías de los justiciables al momento de la detención; en segundo lugar, se afecta el derecho a la libertad en dos aspectos: por un lado se socaba el principio de presunción de inocencia al hacer preceptiva la prisión preventiva en determinados delitos en caso de reiteración o reincidencia y, por otro lado, se limita el beneficio de la libertad anticipada.

Nosotros consideramos que esta contrarreforma es un paso atrás en un proceso importante que se venía dando en Uruguay. Y creemos que este proyecto que hoy se plantea no es inocuo. Nos parece que agrava la situación que está planteada, muy lejos de resolverla. Es por esto señora presidenta que nosotros no vamos a acompañar el proyecto.

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