sábado 7 de diciembre, 2024

Un juez de lentes oscuros.

Publicado el 22/04/13 a las 5:26 pm

ojo
Por Walter Pernas.

El hombre de la “muralla” y la dictadura

Egresado de la Facultad de Derecho el 15 de octubre de 1975, Jorge Ruibal Pino, tardó menos de dos años en obtener un puesto como fiscal letrado del departamento de Rivera, el 21 de setiembre de 1977, en plena dictadura militar.

Menos de un año después, el 29 de agosto de 1978, lo ascendieron a la Fiscalía Letrada Departamental de Carmelo.

Eran tiempos en que solían aparecer cadáveres en las costas colonienses: cuerpos de detenidos desaparecidos arrojados al mar desde aviones militares. A tres semanas de haber desempacado en su nueva oficina, llegó el aviso: el señor Emilio Diez caminaba a las ocho de la mañana por la costa del Parador Punta Gorda, en Nueva Palmira, donde las aguas del río Uruguay se juntan con las del Río de la Plata, cuando encontró un cuerpo tendido en la arena, boca abajo.

Era un hombre de piel “blanca”, de entre “20 y 30 años” de edad, con “cabello negro, barba y bigote”; medía 1.75 centímetros y pesaba unos 70 quilos. Vestía “escarpines color bordó, botas de gamuza marrón, camisa blanca, manga corta, pantalón de tela jean azul, malla de baño negra y buzo de lana rojo con guardas blancas en los puños, cintura y cuello. (…) Al examen externo no presenta ningún signo de violencia”, según el informe del forense Edel Bocagi.

De acuerdo a este documento, el cuerpo se encontraba en “avanzado estado de descomposición”, con un tiempo de muerte aproximado de “siete días”. Causa de muerte, según la autopsia: “Asfixia por inmersión”.

Con datos como éstos una Fiscalía letrada departamental tiene el deber de promover una investigación, sobre todo cuando se habían encontrando ya siete cadáveres en circunstancias similares entre octubre de 1975 y setiembre de 1976. Pero Ruibal Pino no movió un dedo, ni renunció a su cargo al ver que la justicia archivaba el caso sin más trámite.

El cuerpo fue inhumado el mismo 20 de setiembre, en la fosa 72/78 del cementerio local, tras la autorización del juez letrado de primera instancia de Carmelo, Eduardo Artecona. Todavía es un muerto nn (“ningún nombre”), que pide ser identificado desde la época en que Ruibal Pino era un joven fiscal de Carmelo. El magistrado tenía 33 años y toda una carrera por delante.

POR UNANIMIDAD. Menos de un año después, en agosto de 1979, Fernando Bayardo Bengoa (ex fiscal de Corte nombrado a influjo de Jorge Pacheco Areco en 1971, y para entonces titular del Ministerio de Justicia de la dictadura), consideró que Ruibal podía ser un buen juez en el marco del proceso militar. Por ello, le ofreció salir del Ministerio Público y pasar al Poder Judicial como titular de la sede letrada de la ciudad de Colonia, donde era necesario estar alerta por la nueva aparición de cuerpos en el agua, y mantener aquellos expedientes cerrados, sin posibilidades de ser investigados a fin de determinar que se trataba de casos de detenidos desaparecidos.

Ruibal pudo haber intentado reabrir alguno de esos expedientes, investigar los asuntos, tratar de identificar los cadáveres, perseguir a los responsables de los crímenes y sancionarlos. A su favor podrá decirse que en esa época autoritaria habría sido imposible asumir ese papel, pero entonces hay que preguntarse cuál es el rol de un juez sino el de impartir justicia, velar por las garantías de las víctimas, y en todo caso, no ser cómplice de un aparato de poder que cercena el derecho de las personas al punto de ocultar tan graves crímenes cometidos en forma sistemática. Era más cómodo no contradecir el burdo argumento del gobierno militar que en los medios aparecía refiriéndose a cuerpos de personas asiáticas, provenientes de barcos pesqueros en alta mar. El hecho de que algunos aparecieran maniatados, atados de pies y manos con alambres, y con reales signos de violencia previa a la caída al mar no suponía méritos suficientes para indagar, fueran uruguayos, argentinos, chinos o de cualquier otra nacionalidad.

Ruibal se pudo haber retirado del sistema y denunciar estos casos en tribunales internacionales –algunos miembros del Estado siguieron ese camino–, o al menos evitar ser parte del entramado de ocultamiento dispuesto por la dictadura. Pero optó por seguir haciendo carrera, y unos meses después, en 1980, ya era juez letrado de Maldonado, en cuyas costas también habían aparecido cadáveres, que siguieron como nn cuando Ruibal ejerció en esa sede. No estuvo mucho tiempo allí, pues en 1981, consolidando su meteórico ascenso, fue nombrado juez penal de Montevideo, su ciudad natal. El sillón “presidencial”, que estaba en manos del civil Aparicio Méndez, sería ocupado entonces por el general Gregorio Álvarez, que se negaba a entregar el poder a pesar de que un plebiscito había truncado las aspiraciones de perpetuar la dictadura. Ruibal continuó su carrera como juez de la capital y en su sede había casos de desaparecidos; uno de éstos era el expediente del maestro y periodista Julio Castro, detenido por las fuerzas represivas en 1977.

Con el retorno a la democracia, la familia de Castro se presentó, el 28 de junio de 1985, ante el Poder Judicial para reclamar por la búsqueda del maestro, el esclarecimiento del caso y el procesamiento de los responsables. Pero Ruibal hizo caso omiso a los requerimientos aun cuando la contienda de competencia por asuntos de esta índole determinó que correspondía a la justicia civil, y no a la militar, encargarse de las investigaciones. Los expedientes judiciales por violaciones a los derechos humanos se truncaron con la ley de caducidad de diciembre de 1986. La familia de Castro pidió, en junio de 1987, saber de manera oficial por qué el caso del maestro quedaba comprendido en la ley de caducidad. Ruibal tardó dos años en elevar los antecedentes del caso al Poder Ejecutivo, en cumplimiento de la ley que dejaba en manos del gobierno las potestades del Poder Judicial. Y con firma del entonces presidente Julio María Sanguinetti, el 5 de setiembre de 1989, se decretó que el caso de Julio Castro quedaba comprendido en la protección de criminales que suponía aquella ley de caducidad.

Ruibal fue trasladado ese año a un juzgado civil, y en 1991 ascendió a ministro del Tribunal de Apelaciones en lo Civil. Ejerció en esa materia durante siete años. En 1998 pasó a un tribunal de apelaciones penal, y el 20 de marzo de 2007 la Asamblea General lo designó, por unanimidad –con 96 votos– ministro de la Suprema Corte de Justicia (scj).

Hoy, a dos años de retirarse por razones de edad –el 6 de junio de 2015–,* ocupa el cargo de presidente de un supremo tribunal que, según sus propias palabras, se eleva como una “muralla” –de la que también hizo partícipes a los ministros Jorge Chediak, Julio César Chalar y Jorge Larrieux– ante quienes pretendan investigar y encarcelar a los criminales de lesa humanidad.

* Los ministros de la scj pueden permanecer en sus cargos durante un máximo de diez años o hasta cumplir los 70 años de edad.

TOMADO DE SEMANARIO BRECHA, 19/4/13.

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