jueves 18 de abril, 2024

Mis 7 razones para NO bajar la edad que pretende penalizar a los jóvenes

Publicado el 13/01/13 a las 12:12 pm

Menores encarceladosPor Ignacio Martínez.

Ponencia del 7 de diciembre de 2012, Casa del Maestro, Montevideo, Mesa Redonda sobre la baja de la edad de imputabilidad.

Estimados amigos y amigas: gracias por invitarme a participar de esta mesa redonda con tan prestigiosas personas que seguramente harán valiosos aportes. Mi modesta propuesta es que llevemos este tipo de eventos a otros ámbitos que no nos encierren en nuestras propias casas. Al menos he visto que ha dado un gran resultado cuando hemos organizado actividades como estas entre jóvenes de bachillerato, de UTU, de las universidades, tanto en Montevideo como en el interior del país. Me gustaría hacerlos también en las fábricas, en las mismísimas plazas, en parroquias y clubes. En fin, adónde está la mayoría de nuestra gente.

¿Por qué hay que votar NO a la baja de la edad de imputabilidad? Aquí van mis 7 principales razones.

Razón 1

Bajar la edad de imputabilidad es desconocer el Código de la Niñez y la Adolescencia en sus XX capítulos, que ya prevé los principales aspectos de la penalización de delitos. Dentro del capítulo IX, por ejemplo, el sub punto 2 dice… Leo:
II – De los adolescentes y las infracciones a la ley penal

Artículo 69. (Infracciones a la ley penal).- A los efectos de este Código son infracciones a la ley penal:

1) Las acciones u omisiones dolosas consumadas, cometidas en calidad de autor o coautor, tipificadas por el Código Penal y las leyes penales especiales.

2) Las acciones u omisiones culposas consumadas, cometidas en calidad de autor, coautor, tipificadas por el Código Penal y las leyes penales especiales, cuando el Juez reúna los elementos de convicción suficientes,

3) La tentativa de infracciones gravísimas a la ley penal.

4) La participación en calidad de cómplice en infracciones gravísimas a la ley penal.

Artículo 70. (Adolescente infractor).- Se denomina adolescente infractor a quien sea declarado responsable por sentencia ejecutoriada, dictada por Juez competente, como autor, coautor o cómplice de acciones u omisiones descritas como infracciones a la ley penal.

Artículo 71. (Relación causal).- Sólo puede ser sometido a proceso especial regulado por este Código el adolescente a quien se le pueda atribuir material y psicológicamente un hecho constitutivo de infracción a la ley penal.

La existencia de la infracción debe ser la consecuencia de su acción u omisión.

Artículo 72. (Clases de infracción).- Las infracciones a la ley penal se clasifican en graves y gravísimas.

Son infracciones gravísimas a la ley penal:

1) Homicidio (artículo 310 del Código Penal).

2) Lesiones gravísimas (artículo 318 del Código Penal).

3) Violación (artículo 272 del Código Penal).

4) Rapiña (artículo 344 del Código Penal).

5) Privación de libertad agravada (artículo 282 del Código Penal).

6) Secuestro (artículo 346 del Código Penal).

7) Extorsión (artículo 345 del Código Penal).

8) Tráfico de estupefacientes (artículos 31 y 32 del Decreto-Ley Nº 14.294, de 31 de octubre de 1974, en la redacción dada por el artículo 3º de la Ley Nº 17.016, de 22 de octubre de 1998).

9) Cualquier otra acción u omisión que el Código Penal o las leyes especiales castigan con una pena cuyo límite mínimo sea igual o superior a seis años de penitenciaría o cuyo límite máximo sea igual o superior a doce años de penitenciaría.

10) La tentativa de las infracciones señaladas en los numerales 1), 5) y 6) y la complicidad en las mismas infracciones.

En los casos de violación no se tomará en cuenta la presunción del ejercicio de violencia (artículo 272 del Código Penal).

Las restantes son infracciones graves a la ley penal.

Y el Capítulo X remata con lo que sigue:

I – Derechos y garantías del procedimiento.

Artículo 74. (Principios que rigen).- En todos los casos en que al adolescente se le impute el haber incurrido en actos que se presumen comportan infracción a la ley penal, deberá asegurarse el cumplimiento estricto de las garantías del debido proceso, especialmente las siguientes:

A) Principios de judicialidad y legalidad.- El adolescente imputado de haber cometido una infracción a la ley penal, será juzgado por los Jueces competentes en conformidad a los procedimientos especiales establecidos por este Código.

Se asegurará, además, la vigencia de las normas constitucionales, legales e instrumentos internacionales, especialmente la Constitución de la República, la Convención de los Derechos del Niño.

B) Principio de responsabilidad.- Sólo puede ser sometido a proceso especial, regulado por este Código, el adolescente mayor de trece y menor de dieciocho años de edad, imputado de infracción a la ley penal

Entonces ¿a qué viene bajar la edad a los 16 años si aquí ya está claramente previsto que el o la adolescente puede ser sometido a proceso especial, regulado por este Código a partir de los 13 años? ¿O es que se quiere reventar a los chiquilines de 16 años en las cárceles de mayores, sin ninguna alternativa real de recuperación y de reinserción social?

Razón 2

Los países que tienen edades muy tempranas no han logrado ningún resultado con medidas represivas. Han visto recrudecidos sus conflictos entre los jóvenes y no ha sido sino con medidas de educación y de mejoras sociales en serio, que se han solucionado los problemas. Veamos:

En América Latina el promedio de edad de ingreso a un sistema penal juvenil es de 12 años. En Europa es de 14 años, pero en todos los casos el sistema penal de adultos funciona a partir de los 18 años. En todos los demás casas estamos hablando, insisto, de sistemas penales juveniles o lo que aquí es su equivalente al Código de la Niñez y la Adolescencia.

Razón 3

Juzgar y penar al adolescente como adulto lo va a acercar más a las escuelas de delincuentes que suponen las cárceles de mayores y lo va a alejar de toda pretensión de reingreso social. Preso y en una cárcel de adultos, un chiquilín de 16 o 17 años estará prácticamente perdido entre las brumas de una vida miserable para siempre.

Pero estos señores que apoyan bajar la edad, en realidad sancionan a todos los jóvenes de Uruguay por el 5.9% de jóvenes que han cometido delitos. Este porcentaje puede cambiar con un más – menos casi insignificante. Lo cierto es que el otro 94.1 % de los jóvenes uruguayos, es decir la inmensa mayoría, pagarán su inocencia con esta drástica penalización a priori. Pero ni siquiera serán los de hoy, año 2012 a punto de concluir. El plebiscito será en el 2014, cuando recién los que hoy tienen 14 años podrán ser juzgados entonces. ¿Cuántos jovencitos de 14 años hoy han cometido delitos como para ser reventados dentro de 2 años? Y lo peor, si no cometiste ninguna, igual vas a quedar comprendido en ese infierno. La Corte de Justicia puede dar ese dato que yo no poseo ahora.

Yo colijo, deduzco, concluyo, que Bordaberry y Lacalle no tienen ningún interés en terminar con la violencia. Atacan a los jovencitos porque es más redituable políticamente con la complicidad de los grandes medios, El País, los canales 4, 10 y 12, El Observador, las radios de alcance nacional, el Circuito Cori, entre otros. No dicen un pito de que en 2009 hubo 13.709 denuncias por violencia doméstica que dejó como saldo 32 mujeres asesinadas (nunca los vi en la Marcha de las Mujeres de Negro); que hubo 22.784 accidentes de tránsito que también es violencia brutal, con 467 víctimas, que hubo 548 suicidios ¿eso no es violencia? Es que para eso no hay plebiscitos facilongos ni minutos de cámara. Con este otro sí.

Razón 4

Las fugas ya no son un problema. El Sistema de Responsabilidad Penal Adolescente (SIRPA), trabaja en verdaderas soluciones que apuntan a resolver cómo sale el muchacho de ahí. Sobre esto, otros técnicos podrán dar mejor opinión que yo, pero creo que, básicamente se debe apuntar a 4 ejes centrales: trabajo digno y sostenido; educación adecuada a cada circunstancia; trabajo con su familia y ubicación territorial en un seguimiento de los chiquilines de manera personalizada. No hay que andar gastando tiempo, dinero y recursos humanos en plebiscitos vergonzantes como los de estos señores que hacen política al servicio de sus caudales de votos o sus porcentajes en las encuestas.

Razón 5

La propuesta de bajar la edad y meter preso a los muchachos en régimen de adultos, además es cara. Supone al Estado una cifra aproximada a los 2000 dólares mensuales, mientras que las medidas alternativas suponen unos 300 dólares. Los que han estado en cana reinciden en un 80% cuando salen, porque no hay ninguna posibilidad de reeducar a ningún chiquilín preso y ni Bordaberry ni Lacalle han hecho propuesta alguna en este sentido. La reincidencia, sin embargo, estuvo por debajo del 30% en los muchachos bajo medidas alternativas y en 0% en los que están trabajando en fábricas o lugares estables y dignos con perspectivas de una vida diferente en serio.

Razón 6

No debemos apoyar ese plebiscito porque miente. El 79,1% de los uruguayos y uruguayas consultados en el 2010 no fueron víctimas de un acto de delincuencia en los 12 meses anteriores. Del 20, 9% que afirma haber sido víctima, el 49,4% lo fue dentro de su hogar y no en la calle. Entonces ¿de qué estamos hablando cuando hablamos de la violencia juvenil? Digo fuerte y claro: en ningún espectáculo de rock hay violencia. En la abrumadora mayoría de los liceos y bachilleratos no hay violencia. En Uruguay hay aproximadamente 260.000 adolescentes entre 13 y 18 años, de los cuales menos de 1000 están comprometidos con la ley penal por infracciones cometidas y 600 son los que están privados de libertad. ¿600 jóvenes absolutamente recuperables bajo programas de reinserción social son motivo para condenar a 260 mil muchachos a vivir en el filo de una condena?

Según el Instituto Nacional de Estadística (INE), la infantilización de la pobreza sigue siendo un problema. El 37,8% de los niños menores de 6 años vive en hogares cuyos ingresos no alcanzan a satisfacer sus necesidades básicas.

En Montevideo, la incidencia de la pobreza en el tramo de edades iniciales alcanza a 44,1% y baja un poquito al 43,7% en los niños de entre 6 y 12 años. Es acá donde tenemos que hincarle el diente a los trabajos sociales como se está haciendo desde el MIDES y otras dependencias. Es ahí donde se deben atacar las verdaderas causas.

Lo que destruye a nuestros jóvenes es la exclusión del sistema educativo formal, la segregación habitacional expulsándolos a los peores cantegriles, la falta de propuestas atractivas de promoción para adolescentes, la explotación sexual, la violencia doméstica, la droga y su tráfico. Eso es lo que verdaderamente revienta a nuestros jóvenes; pero gente como Bordaberry y Lacalle, genuinos representantes de un país que dejaron caer entre la década del 50 y los primeros años del siglo XXI, se hacen los nunca vistos.

Los pibes en cana, esos muchachos peligrosos, en realidad son ellos los que están en peligro junto a los 260 mil restantes: los quieren condenar a la estigmatización de que ser joven te expone a delinquir y a que se te reprima con todo el rigor, sin otra alternativa que el palo.

Razón 7

Estimados y pacientes oyentes que han tenido la bondad de escuchar mis palabras, si sale la reforma, lo que vamos a tener es:

Cárceles abarrotadas de presos.

Nuevos delincuentes formándose como mejores delincuentes en una calesita interminable.

Ausencia de soluciones de fondo.

Una juventud condenada a vivir amenazada por la represión que coarta la libertad y hace retroceder un montón de casilleros en la calidad de vida.

“Si nada hace nada le pasará”, dirán algunos como en la dictadura, “si estuvo en cana o en el exilio o lo mataron por algo será”. Esa es la espada de Damocles para poner un nuevo elemento de terror, de desconfianza, de inseguridad, en aras de la dominación.

Yo pregunto

¿Qué hacemos con la violencia doméstica? Verdadero flagelo que sucede de la puerta de calle para adentro.

¿Qué hacemos con la gente que pega, que maltrata, que grita, que insulta, que miente, como formas cotidianas de ir gestando jóvenes violentos?

¿Qué hacemos con la televisión y los programas que idiotizan y que engañan y que incitan permanentemente a la violencia?

¿Qué hacemos con la violencia en el deporte, muchas veces incitada por las direcciones de los equipos o las barras bravas o las madres y los padres y los cronistas deportivos y los relatores?

¿Qué hacemos con al crónica roja que hace del delito o del crimen, la base para nuevos delitos y nuevos crímenes, incitándolos en términos morbosos?

¿Qué hacemos con la droga y su tráfico, con el alcoholismo?

¿Qué hacemos con las guerras en el mundo y los justificados daños colaterales y los niños y mujeres y ancianos asesinados en nombre de la paz y de dios?

Disculpen si fui un poco extenso, pero siento pavor de que Micaela, una vecina, o Niko, mi sobrino nieto de 14 años, ya sepan y vivan con la idea de que cuando cumpla 16, en el 2014, se puedan comer un garrón de aquellos si se ven ante un problema que lejos de tratarlos con el Código de la Niñez y la Adolescencia, los puedan tratar con el Código Penal adulto.

Los predicadores de la no violencia, los apóstoles de estas falsas salidas embanderados con bajar la edad de imputabilidad, persiguen otros fines. No tienen ningún interés en resolver las causas de fondo de la violencia social. No les interesa construir la convivencia. Les interesa seguir ahondando la fragmentación social.

Dice San Mateo en su capítulo 7, versículo 15 “Cuídense de los falsos profetas, que se visten con vestidos de ovejas, pero por dentro son lobos rapaces”.

Amigas y amigos, todos nosotros somos responsables. Lo que haga la sociedad dará sus frutos.

En el capítulo 7, versículo 17, el mismo San Mateo ya nos advertía hace dos mil años: “Así, todo árbol bueno produce frutos buenos y todo árbol malo produce frutos malos.”

Si quieren decir amén, amén está bien. Yo voy a decirles amen, amen porque esta defensa de nuestros jóvenes es antes que nada un acto de amor.

Muchas gracias.

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