Los juicios contra Garzón.
Publicado el 04/03/12 a las 10:04 pm
Raúl Olivera Alfaro – Secretaría de Derechos Humanos y Políticas Sociales (PIT-CNT)
“La lucha del hombre contra el poder es la lucha de la me¬moria contra el olvido”.
MILAN KUNDERA.
Por estos días, en España, un magistrado está siendo objeto de varios procesos penales en su contra. En uno de ellos, por el hecho de haberse declarado competente para investigar los crímenes de la dictadura franquista, desafiando la validez de una ley de amnistía que en 1977 se aprobó para evitar que prosperara cualquier intento de obtener justicia.
Ese magistrado, el Dr. Baltasar Garzón, es aquel al que el movimiento sindical uruguayo acudió hace 13 años para denunciar la coordinación represiva del Plan Cóndor y encontrar la justicia que en el Uruguay – pese a estar regido por normas del derecho internacional que establecían esa obligación-, la ley de caducidad impedía. Es el mismo juez que poco tiempo después, el 16 de octubre de 1998 emitiera la or¬den internacional de búsqueda y captura de Pinochet a través de INTERPOL, en momentos en que el ex dictador chileno se encontraba en Londres confiando que otra ley de amnistía lo protegía.
Cierto es que ese acto del movimiento sindical uruguayo – fundamentado en artículos de la Constitución y la ley orgánica del poder judicial español; el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de Naciones unidas y otras normas del derecho internacional -, fue objeto de incomprensión y ataques varios. Los esperados de la derecha uruguaya, y algunos desde la propia izquierda.
Lo cierto es, que a partir de la detención de Pinochet, se dio un gran paso adelante por parte de la humanidad en la aplicación de determinados conceptos jurídicos existentes en el derecho internacional que ayudaron de ahí en más, a hacer efectiva la lucha contra las distintas formas de impunidad instaladas en Latinoamérica.
En nuestro país, debieron pasar 13 largos años para que se hiciera realidad lo sostenido en el punto VII de la denuncia presentada ante Baltasar Garzón. Mucha agua debió pasar bajo los puentes para que 12 de los 20 militares y policías denunciados en aquel momento, estén hoy entre rejas.
Pero volvamos a lo que nos interesa hoy reflexionar, a propósito del ataque que sufre hoy el Juez Garzón por parte de la derecha española interesada en impedir y escarmentar las eventuales investigaciones sustentadas en la jurisdicción penal universal que afecten a gobiernos que lleven a cabo políticas genocidas .Por un lado, este ataque a Garzón ha reabierto el debate sobre la necesidad de recuperar la memoria histórica sobre la guerra civil, la dictadura y la represión política del franquismo.
Si como dice Kundera, la lucha del hombre contra el poder es la lucha de la memoria contra el olvido, esa batalla se desarrolla en varios escenarios. A veces con el acento en lo político, otras en lo ideológico, otras veces en el terreno judicial, y casi siempre en una clara articulación entre todos esos niveles.
Ese poder desarrollado desde los distintos dispositivos estatales, que enfrentan las sociedades cuando desafiándolo, exigen justicia ante las conductas de los Estados, muchas veces logra sus propósitos de neutralizar cual¬quier desborde. Lograr reacomodar nuevamente las fuerzas de la sociedad civil, cicatrizar heridas y vencer desánimos ha sido pan de todos los días en estos últi¬mos años. Esa batalla en nuestro país, encuentra claros ejemplos en cualquiera de esos escenarios. Muchas veces esas batallas, produjeron cortes transversales en el sistema político.
La derrota que se sufrió en 1989 en el referéndum tuvo efectos en el tejido social uruguayo y en las organizaciones políticas y sociales comprometidas en la lucha contra la impunidad. El mantenimiento de la ley de caducidad a partir de ese traspié, incorporó a la realidad nacional una lógica que costó mucho superar. Por esa lógica, toda la argumentación de los defensores de la ley de impunidad fue aceptada con casi el mismo va¬lor que la propia ley. Junto al res¬peto de una ley que siempre fue inconstitucional y violatoria de las normas de derecho internacional, se implantó casi un acatamiento sumiso a todos sus desbordes. Cualquier desafío a esa lógica, fue condenada ferozmente.
Quienes intentaron desmarcarse de esa lógica, fueron objeto de ataques, que si bien no llegaron a los extremos que hoy se le plantean al juez Garzón, es innegable que existieron, en el terreno político, ideológico y en el terreno judicial. Esa lógica, extendida has¬ta hace muy poco tiempo, ordenó los comportamientos y limitó las iniciativas de acción. En ocasión de defenderse ante los mismos cuestionamientos internacionales a la ley de caducidad que hoy obligaron al Estado a anularla, el discurso desde el poder (Sanguinetti) manifestaba: “No existe instrumento alguno de derecho internacional que consagre la potestad de cuestionar y menos deslegitimar la libre y soberana expresión de un pueblo a través del sufragio”.
Las estrategias de defensa de los derechos humanos durante un largo período, confinaron la lucha en el reclamo de la verdad en el marco de una ley que se sabía inconstitucional. Y en el marco de la verdad, en el rescate de los restos de los desaparecidos. El juicio a los responsables quedó fuera de la agenda, en espera de crear las condiciones que hicieran posible avanzar en la justicia. Una verdad que a través del cumplimiento del artículo 4º tenía como límite la voluntad política del poder de gobiernos comprometidos con la impunidad. En esa lucha se reclamaba una voluntad política que debía poner en tela de juicio las conclusiones a que habían arribado los fiscales militares en las primeras investigaciones ordenadas por Sanguinetti al Coronel Sambucetti.
Quienes no supieron ni quisieron ver la importancia del horizonte que se abría con la actuación de jueces como Garzón, tampoco entendieron algunos avances que tempranamente se daban en el pensamiento jurídico nacional a través de la acción concreta de jueces como Reyes, Jubette, Recarey o fiscales como Guianze entre otros.
Entre ellos, también el razona¬miento desarrollado en Uruguay por la jueza Beatriz Venturini en un trabajo académico que recogía la experiencia del caso de desaparición de Velázquez Rodríguez, denunciado ante la CIDH, y en el cual la reparación incluía, además de la indemnización económica, la obligación del Estado de individualizar a los responsables y aplicar el justo castigo. La reivindicación de la víctima, como parte de la reparación, también quedó, en Uruguay, presa de la voluntad política del gobierno.
Todo indicó durante muchos años, que la impunidad era y sería total.
En algunos casos, se recurrió a la justicia de otros países, ya sea porque las víctimas habían sido desaparecidas en el extranjero o por la nacionalidad de las víctimas o por la jurisdicción universal sobre determinados delitos, como en el caso de las denuncias presentadas ante el juez Garzón. Cuando en alguna de esas causas se involucra a Uruguay, el Estado sistemáticamente obstaculizó cualquier iniciativa de cooperación.
UN EJEMPLO
Quince años atrás, en marzo del 97 una denuncia penal intenta abrirse paso en las pantanosas ciénagas de la impunidad. Se denuncia ante el juez penal de 20º Turno, Alberto Reyes, que el general Ballestrino le había dicho a Rafael Michelini que a los des-aparecidos los habían enterrado clandestinamente en el Batallón de Infantería 13 y 14 de Toledo. Que en 1985 o 1986 algunos fueron removidos en la llamada Operación Zanahoria. La denuncia reclamaba una investigación fundada en la Convención Interamericana sobre Desapariciones Forzadas y el informe del Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas de la ONU.
La justicia era llamada a entender en una denuncia relacionada con desapariciones luego de aprobada la ley de caducidad, desafiando los límites que nos había impuesto. La fiscal Merello, es de la opinión de que se requiriera la intervención del Ejecutivo para que este dispusiera las investigaciones, en razón del artículo 4º. Agregaba que si un detenido murió torturado y fue enterrado clandestinamente en un predio militar, el responsable no puede ser castigado. En cuanto a la llamada Operación Zanahoria, insólitamente sostiene que al no estar claro si la misma había ocurrido en el período comprendido en la caducidad (del 27 de junio de 1973 al 1º de marzo de 1985) o posteriormente, eso debería determinarlo el poder Ejecutivo. Ante “un clima de dudas”, era “aconsejable”, según la fiscal, aplicar la ley de caducidad y dejar todo en manos de una decisión política.
El juez Reyes no compartió esa opinión y dispone investigar. Era resolución que desafiaba al poder al no dejar en manos de un Ejecutivo que ya había demostrado su voluntad de no investigar, una decisión de la que dependía que se avanzara en el conocimiento de la verdad.
Valentía del juez era un hecho muy importante, también lo fue¬ron los fundamentos en que fun¬daba ese desafío: la ratificación de la Convención Interamericana sobre Desaparición, establecía que la desaparición como un delito extraditable, imprescriptible. De existir dudas interpretativas, según Reyes, no debían resolver¬se a favor de la ley de caducidad, “de constitucionalidad dudosa”. “(…) lo que importa sustancial¬mente es solucionar el desfasaje que existe entre la ley y el mundo que rige ahora. Y lo fundamental es que cuando se juzga (…) se haga con verdadero sentido de justicia”. Solo la actuación de la justicia permitirá aclarar en qué fecha ocurrieron los hechos, pues a la justicia le está vedado acudir a una ley “restrictiva del derecho del denunciante para eludir la indagatoria”.
La resolución del juez Reyes motivó, como era de esperar, fuertes cuestionamientos de algunos defensores de la impunidad. Lo inesperado fue que a esos cuestionamientos se sumara un penalista claramente identificado con la izquierda. El juez Reyes, para sus detractores, desconocía la ley de caducidad, pero no por ignorancia, sino porque su visión de la ley de caducidad era enormemente crítica.
El juez no acepta la opinión de la fiscal y mantiene su decisión. El expediente va a un tribunal de apelaciones, y este revoca final¬mente la resolución de Reyes, disponiendo el envío de la denuncia al Ejecutivo de acuerdo a la ley de caducidad y el poder Ejecutivo como era de esperar la consideran comprendida en la ley de caducidad y termina allí el intento de sortear el muro de la impunidad. El destino del Juez Reyes, como era de esperar, no fue nada cómodo en el Poder Judicial.
No es este el único caso de intentos valientes y fundamentados de terminar con las formas de impunidad existentes. Recordemos la batalla de la Jueza Jubete en el recurso de amparo por Elena Quinteros, los esfuerzos contra reloj del Juez Alejandro Recarey, y más recientemente las campañas contra Guianze, Ana Maria Telecha y Mariana Mota.
Lo cierto es que la lucha del hombre contra el poder, es la lucha de la memoria contra el olvido. Por eso este modesto intento de recordar algunos episodios de nuestro pasado reciente. Para rescatar a los que estuvieron a la altura de las circunstancias y los que prefirieron los halagos del poder.
Tomado de TRABAJO & UTOPÍA, Órgano de difusión del Pit Cnt – Montevideo, Febrero de 2012 – Año XIII – No. 115